El concejal de Hacienda firma la resolución para modificar la ordenanza y adaptarla a la nueva regulación estatal.
El límite fijado por el decreto ley que modifica Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido popularmente como impuesto de plusvalías) es el 10 de mayo. En esa fecha, seis meses después de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, todos los ayuntamientos tienen que haber adaptado sus ordenanzas fiscales a la nueva regulación. Y en el caso de que no se pueda por algún motivo en este tiempo de transición desde el pasado 9 de noviembre, será de aplicación directa el contenido del decreto ley dictado por el gobierno, con los cocientes máximos que establece para el cobro de este impuesto.
Pero los ayuntamientos no quieren estar encorsetados por esos ‘máximos’ fijados por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, con lo que en su gran mayoría están trabajando ya en la adaptación de sus propias ordenanzas fiscales a la nueva regulación del impuesto, que ha tenido que modificarse después de que el Tribunal Constitucional dictara el pasado mes de octubre una sentencia por la que se anulaban los modelos de cálculo que hasta ese momento se aplicaban para el cobro del porcentaje del impuesto de plusvalías.
Hasta ese momento, la normativa que se utilizaba daba por hecho que los precios del suelo urbano suben cada año –y, por tanto, incrementaba ese impuesto de forma casi lineal– sin tener en cuenta el beneficio concreto de cada venta, herencia o donación ni la situación real de la economía. El tribunal declaró la inconstitucionalidad de la norma, con lo que quienes demuestren que no han obtenido beneficios con la venta o recepción de un inmueble estarán exentos de pagar esas plusvalías.
Para el resto de los contribuyentes, se plantean ahora dos opciones, a elegir por la persona que deba pagarlo: una estimación directa, que establece que el porcentaje a pagar (decidido por cada ayuntamiento, con un máximo de un 30%) se calcule sobre el beneficio real obtenido; o un cálculo objetivo, igual para todos y similar al sistema anterior, que establece un porcentaje máximo sobre el valor del suelo por cada año que pasa desde la adquisición hasta la transmisión para calcular la base imponible, esto es, sobre qué cantidad se cobrará el impuesto.
Adaptación
Y en este contexto se encuentra el Ayuntamiento de Palencia, cuyo concejal de Hacienda, Luis Miguel Cárcel, firmó ayer la resolución, para iniciar los trámites de adaptación de la ordenanza fiscal de este impuesto a la nueva normativa recogida en el decreto ley. El objetivo del equipo de gobierno es que el nuevo texto pueda estar redactado en las próximas semanas, con el fin de que sea aprobado en el pleno ordinario de febrero (si no hay contratiempos se celebrará el tercer jueves de mes, es decir el día 17). De esta forma, aunque se presenten alegaciones y deba volver a someterse a la votación del pleno en alguna de las sesiones siguientes, se espera que pueda estar en vigor el 10 de mayo, tal y como se establece en el decreto ley del Gobierno.
Mientras tanto, el Ayuntamiento, que se muestra preocupado por el descenso de ingresos que plantea la nueva regulación de este impuesto, ha comenzado ya a dar respuesta a los expedientes relativos a las plusvalías que habían quedado en suspenso en los últimos años, dado que al esperarse una resolución del Tribunal Constitucional el cobro de este impuesto había quedado prácticamente paralizado desde el año 2017 en el Ayuntamiento de Palencia.
Al tratarse de un impuesto que se autoliquidaba, sí se han dado casos de contribuyentes que han exigido al Consistorio que tramitase su expediente, aunque lo hayan recurrido. Para esta circunstancia, los servicios municipales de Hacienda han comenzado ya a devolver las cantidades incorrectas, aunque no se trata de un número elevado de casos.
Sin embargo, sí se acumulan los expedientes, en torno a seiscientos, de aquellos contribuyentes que debían tributar por la transacción e un inmueble y su liquidación se ha visto paralizada, al presentar una reclamación, dado que alegaban que habían vendido sus inmuebles por debajo del precio de compra. El Ayuntamiento, dado que se esperaba una resolución del Tribunal Constitucional, y para evitar posibles devoluciones, decidió en 2018 dejar en suspenso estas liquidaciones del impuesto hasta que hubiese una resolución judicial firme.
Acumulación
Del mismo modo, han seguido paralizadas las liquidaciones del impuesto correspondientes al tiempo posterior a la sentencia del Tribunal Constitucional (octubre de 2021, a la espera de que el Ayuntamiento establezca sus propios coeficientes para el cobro del tributo.
El objetivo ahora de los servicios municipales de Hacienda es tramitar cuanto antes esos seiscientos expedientes paralizados, de tal forma que puedan resolverse de forma conjunta, puesto que se trata de casos en los que los propietarios vendieron sus viviendas por un precio más bajo del que la compraron, con lo que no se ha producido incremento patrimonial y según la resolución del Tribunal Constitucional estarían exentos del pago del tributo. El objetivo es que con una sola resolución puedan estimarse todos, lo que agilizaría los trámites y reduciría el gasto económico y de recursos al Ayuntamiento de Palencia.
0 comentarios